Doctorado Industrial

REQUISITOS

Esta mención se obtendrá al realizar los estudios de doctorado con la colaboración del tejido social y económico con el fin de fomentar la colaboración y la transferencia e intercambio de conocimiento entre el mundo académico y el mundo social y económico, ya sea éste del ámbito público o privado.

Podrán optar a la Mención de Doctorado Industrial en su título de doctor las y los estudiantes de doctorado que cumplan con los siguientes requisitos, en línea con las circunstancias recogidas en el art. 15bis del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado (modificado por el Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el Real Decreto 43/2015 de 2 de febrero, por el Real Decreto 534/2013 de 12 de julio y por el Real Decreto 576/2023, de 4 de julio):

    1. Que la tesis haya desarrollado un proyecto de investigación de interés industrial, comercial, social o cultural de una entidad colaboradora, que podrá ser una entidad privada, empresa pública o privada o administración pública. Quedan excluidas las universidades, los organismos públicos de investigación (nacionales o autonómicos) y los hospitales universitarios. De manera excepcional, se podrá realizar esta mención en los organismos públicos de investigación (distintos de universidades) y hospitales universitarios siempre que el contenido de la tesis sea eminentemente aplicado. La relación directa entre la tesis doctoral y la labor desarrollada por la doctoranda o el doctorando en la entidad o empresa deberá formalizarse en una memoria científico-técnica que deberá ser aprobada por la Comisión Académica del Programa de Doctorado al que esté adscrita la doctoranda o doctorando.
    2. Que se haya suscrito un convenio entre la entidad colaboradora y la universidad para el desarrollo académico de la tesis doctoral, que establecerá, como mínimo, las obligaciones de las partes y los derechos de propiedad industrial que se puedan generar.
    3. Que la doctoranda o el doctorando haya estado contratada o contratado por la entidad colaboradora donde desarrolle el proyecto de investigación y donde desarrollará una parte sustancial de la misma. La vigencia del contrato, de un año como mínimo de duración (*), estará comprendida, necesariamente, entre la primera matrícula del doctorando y la admisión a trámite de la tesis doctoral.

La doctoranda o doctorando tendrá una persona tutora de la tesis designada por la comisión académica del programa de doctorado al que está adscrita y una persona responsable designada por la entidad colaboradora, que podrá ser, en su caso, Directora o Director de la tesis de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 576/2023, de 4 de julio. En ningún caso la persona responsable designada por la entidad colaboradora podrá formar parte del tribunal evaluador de la tesis ni ser evaluador o evaluadora previa de la misma.

Dado que la Mención de Doctorado Industrial se solicita en el momento de admisión a trámite de la tesis, su concesión estará también sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos, con carácter general, para la admisión a trámite de defensa de la tesis doctoral en la UCLM en el Reglamento de Estudios de Doctorado de esta Universidad.

 

(*) De aplicación para las tesis iniciadas a partir del curso 2023-24. Las iniciadas en cursos previos el periodo mínimo del contrato es de seis meses, como recogía la normativa anterior.

 

PROCEDIMIENTO

Necesariamente, tras la primera matrícula del estudiante en el Programa de Doctorado correspondiente, y detectada la posibilidad de llevar a cabo un doctorado industrial, deberá firmarse un convenio específico entre la entidad, empresa, organismo o administración (en adelante, entidad colaboradora) donde la doctoranda o doctorando desarrolle su tesis y el Programa de Doctorado al que esté adscrita la doctoranda o doctorando. Dicho convenio de colaboración seguirá el formato que se aporta en la página electrónica de la EID. Será firmado por las partes (persona representante de la entidad colaboradora, coordinadora o coordinador del programa, directora o director de la tesis en la UCLM, responsable en la entidad colaboradora y doctoranda o doctorando). Tras su firma, será remitido a la EID para su constancia y archivo en el expediente del estudiante.

Además, en el caso de que la tesis fuera realizada en el marco de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en colaboración entre la UCLM y la entidad colaboradora en la que preste servicio la doctoranda o doctorando, se suscribirá un convenio de colaboración marco entre las partes según el modelo establecido por la UCLM (disponible en la página web del Vicerrectorado de Innovación, Empleo y Emprendimiento). En ningún caso dicho acuerdo marco sustituirá al convenio específico que establece la Escuela Internacional de Doctorado descrito en el párrafo anterior.

La solicitud de la concesión de la Mención de Doctorado Industrial se realizará en el momento de la admisión a trámite de la tesis doctoral. Para ello, quienes opten a la mención de doctorado industrial deberán añadir los siguientes documentos a los exigidos en general para la admisión a trámite de defensa:

  1. Solicitud de acreditación de la Mención de Doctorado Industrial en el impreso oficial (según modelo disponible en la página web de la Escuela Internacional de Doctorado)
  2. Copia del contrato mantenido con la entidad colaboradora, o vida laboral de la doctoranda o doctorando, donde se pueda constatar su vinculación con la entidad colaboradora durante un periodo mínimo de un año comprendido entre su primera matrícula y la admisión a trámite de la tesis doctoral.
  3. Memoria o informe que describa las actividades realizadas en el proyecto de investigación o desarrollo experimental en el que ha participado el doctorando que acredite la relación directa con la tesis realizada. Este documento deberá ir firmado por la doctoranda o doctorando, el responsable designado por la entidad colaboradora, la persona tutora de la tesis, la directora o director (y, en su caso, codirectores) de la tesis, y la coordinadora o coordinador de la comisión académica del programa de doctorado.

En el momento del depósito de la tesis se comprobará que la persona responsable designada por la entidad colaboradora no ha sido propuesta como evaluadora previa ni forma parte del tribunal que se proponga para juzgar dicha tesis doctoral, aunque cumpliera los requisitos exigidos para dichas funciones.

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